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Consolidación de estados financieros - Aurelio Martinez Castillo - PDF - Español - Libros Ayuda

Consolidación de estados financieros – Aurelio Martinez Castillo – PDF – Español





[Ebook – PDF] – Consolidación de estados financieros – Aurelio Martinez Castillo – PDF – Español

ESPAÑOL | PDF | McGRAW-HILL | 2011| 3 Edición

Aurelio Martinez Castillo | ISBN 978-607-15-0599-6

COD REF: 1810-0004.RAR // PASS – CONTRASEÑA: L1BR05@YUD4.1NF0






Ebook Consolidación de estados financieros – Aurelio Martinez Castillo – PDF – Español  – Descripción y contenido

Las normas de información fi nanciera existentes en los diversos países son de carácter utilitario, en tanto que deben ser dinámicas y adecuarse de manera ágil y constante a los cambios del entorno en el que se desenvuelven los agentes económicos. México no escapa a esta situación. En los últimos años, la normatividad contable en el país ha sido objeto de múltiples cambios y adecuaciones. Se trata de un proceso que inició a partir del 1 de junio de 2004 con la sustitución de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados (PCGA), emitidos por parte del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), por las nuevas Normas de Información Financiera (NIF), emitidas por el Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera (CINIF), organismo que asume la función y la responsabilidad de la emisión de normatividad contable en México. Una de las principales funciones del CINIF es la armonización de las diversas normas contables utilizadas en los sectores económicos, además de lograr, en lo posible, la convergencia con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). En lo que respecta a la contabilidad de grupos de empresas, los principales cambios iniciaron a partir de 2009, con la emisión de varias normas que afectan de modo directo a la manera de valuación, registro e información utilizada anteriormente.

En noviembre de 2008 se publicó, con inicio de vigencia al 1 de enero de 2009, la nueva NIF B-7, denominada Adquisiciones de negocios, en la que se establece el método de compra como el único reconocido al efectuar una combinación de negocios. Este método está basado en la comparación del precio pagado como contraprestación por la entidad adquirente con el importe de los activos netos del negocio adquirido, calculado con base en los valores razonables de los mismos a la fecha de la compra; de esta manera se determina la posible existencia de un crédito mercantil o una adquisición de oportunidad a precios de ganga. Se obliga tanto a identificar a una entidad adquirente y reconocer activos y pasivos de la entidad adquirida a su valor razonable como a determinar una contraprestación asignable a la adquirente y a la participación no controladora. En la norma se establece también que la participación no controladora en la subsidiaria (denominada anteriormente interés minoritario) se reconocerá a su valor razonable en la fecha en que el negocio es adquirido.

De igual manera, en las fechas mencionadas también se promulga la NIF B-8, denominada Estados financieros consolidados o combinados. Como parte de los cambios en su contenido, se separa de la norma lo referente al tratamiento contable de las inversiones en asociadas, debido a que corresponde a componentes de diferente nivel en la estructura de las NIF. En el primer caso, la consolidación afecta a todos los estados fi nancieros; en el segundo, solamente a un rubro de los mismos. Se incluye a las Entidades con Propósito Específico (EPE) como subsidiarias en los casos en los que una entidad ejerza control sobre cualquiera de ellas, por lo que se establece que deberán ser objeto de consolidación con su controladora. En la norma, se adecuan las razones por las cuales una entidad puede no consolidar estados financieros y se incluyen los derechos de voto potenciales como un elemento a ser considerado al momento de determinar la existencia de control sobre una subsidiaria.
Se cambia el término interés mayoritario por participación controladora e interés minoritario por participación no controladora, por considerar que reflejan de manera más clara el concepto al que se refi eren. Uno de los cambios más importantes en la norma se refiere a que, debido a que se considera parte del capital contable consolidado, el importe a reflejar en los estados financieros consolidados (concerniente a la participación no controladora) deberá corresponder al valor razonable de los activos netos de la subsidiaria y al crédito mercantil determinado al aplicar el método de compra, al momento de la adquisición.

La nueva NIF C-7, Inversiones en asociadas y otras inversiones permanentes, considera, al igual que la NIF B-8, que una Entidad con Propósito Específico (EPE), aun teniendo una estructura legal similar o diferente a la de su tenedora, puede ser objeto de influencia significativa por lo que, en los términos de la norma, deberá ser considerada para efectos de la aplicación del Método de Participación. Cabe mencionar que el boletín anterior no hacía esta consideración ni establecía el procedimiento a seguir. Al igual que con la norma para la consolidación, se indica que los derechos de voto potenciales, ya sea para ejercer la compra de mayor capital accionario o para convertir deuda en capital, deben ser considerados al momento de determinar la influencia significativa de la tenedora en la toma de decisiones en la asociada.

Conjuntamente con las tres normas anteriores, se emitió la NIF C-8, Activos intangibles, con la intención de complementar la aplicación del método de compra al reconocer los diversos tipos de activos intangibles que pueden ser identifi cados en una adquisición. También se describe la metodología para el reconocimiento inicial y posterior del crédito mercantil u otros activos intangibles derivados de una adquisición de negocios, asimismo, se explican los criterios para determinar la vida útil y la amortización de los activos intangibles. De manera adicional, se aclara la necesidad de estimar la existencia de pérdidas por deterioro de este tipo de activos. Todos estos cambios crearon la urgente necesidad de elaborar y publicar una nueva edición del libro Consolidación de estados fi nancieros, que incluyera toda la normatividad actualizada.


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